Glaciares: cuando la “certidumbre jurídica” empieza a derretir el hielo

Por Redacción Denergia 3 de febrero de 2026
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En la política energética argentina, cuando alguien empieza a hablar de certidumbre jurídica, conviene agarrar la billetera… y mirar el mapa. Esta semana, el Instituto Argentino de Derecho para la Minería (IADEM) difundió un comunicado celebrando el proyecto de “adecuación” de la Ley de Glaciares (26.639). El texto, prolijo y jurídicamente aceitado, intenta despejar una sospecha incómoda: que tocar la ley no es debilitarla, sino fortalecerla.

Una afirmación elegante. También discutible.

El corazón del argumento es conocido. Según el IADEM, la ley vigente padece imprecisiones conceptuales que generan conflictos de competencia, interpretaciones dispares y un clima de incertidumbre que —casualmente— desalienta inversiones de largo plazo. La solución, dicen, no es retroceder en protección ambiental, sino afinar definiciones y dar mayor protagonismo a las provincias, titulares del dominio originario de los recursos naturales.

Hasta ahí, el discurso suena razonable. El problema aparece cuando uno corre el velo.

Porque en materia ambiental, la ambigüedad no siempre es un defecto. Muchas veces es una herramienta deliberada para prevenir daños irreversibles. El principio precautorio no nació para darle tranquilidad al inversor, sino para proteger bienes estratégicos cuando la evidencia científica no es absoluta. Y los glaciares —reservas críticas de agua en un país cada vez más seco— entran de lleno en esa categoría.

El comunicado del IADEM insiste en que precisar no es debilitar. Pero la experiencia argentina indica lo contrario: cada “aclaración” normativa en contextos extractivos suele venir acompañada de zonas grises más chicas para el ambiente y más grandes para el negocio. La historia reciente está llena de ejemplos donde la seguridad jurídica terminó siendo selectiva.

El segundo eje del texto es el federalismo. El Instituto reivindica el artículo 124 de la Constitución y el dominio originario de las provincias. Es cierto. Nadie discute esa cláusula. Lo que sí está en discusión es para qué se la invoca. El federalismo ambiental no fue pensado como un atajo para flexibilizar presupuestos mínimos, sino como un esquema de coordinación donde la Nación fija el piso y las provincias pueden —si quieren— subirlo.

Cuando el argumento gira hacia evitar “restricciones irrazonables” que frustren políticas federales de explotación racional, la alarma se enciende. Porque en la práctica, esas “restricciones irrazonables” suelen ser inventarios de glaciares, evaluaciones de impacto exigentes o decisiones políticas locales que incomodan a grandes proyectos mineros.

El IADEM cita, incluso, el “federalismo de concertación” reclamado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero omite un detalle no menor: la Corte habló de concertación para mejorar la protección, no para volverla negociable. Concertar no es licuar. Coordinar no es ceder.

El momento político tampoco es un dato menor. La ofensiva discursiva llega en un contexto de reconfiguración regulatoria, con incentivos extraordinarios para grandes inversiones y un clima oficial que mira al extractivismo como tabla de salvación macroeconómica. En ese escenario, la “adecuación” de la Ley de Glaciares no aparece como un ajuste técnico aislado, sino como una pieza más de un tablero que se mueve siempre en la misma dirección.

Nadie está diciendo que el derecho ambiental no deba revisarse. Lo que está en discusión es desde dónde y para quién. Cuando la prioridad es despejar incertidumbres económicas antes que fortalecer capacidades de control, la balanza se inclina sola. Y cuando el lenguaje jurídico empieza a derretir conceptos clave, el hielo deja de ser eterno.

La protección ambiental no se debilita con normas claras, dice el IADEM. Es cierto.
Pero tampoco se fortalece cuando la claridad apunta siempre al mismo lado del mostrador.

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